sábado, 5 de septiembre de 2015

RIESGOS DE FABRICAR UN PRODUCTO PATENTADO

CONSULTORIO REVISTA EMPRENDEDORES

RIESGOS DE FABRICAR UN PRODUCTO PATENTADO

P.: Una fábrica de la competencia está amenazando con denunciarme por fabricar un producto que, al parecer tienen patentado. Yo llervo fabricando ese producto más de un año y medio por desconocimiento de esa patente. ¿Qué debo hacer?

La Ley 11/1986 de Patentes establece en su art. 50 los derechos que ostenta el titular de una patente: derecho a impedir a terceros la fabricación, el ofrecimiento, la introducción en el comercio... sin autorización por parte de dicho titular. Es conveniente, antes de realizar cualquier otro paso, investigar si el producto que usted está fabricando es igual al que está patentado por la otra empresa; puede verificar dicho extremo solicitándoles la documentación oportuna sobre el producto y el título de propiedad de la invención que demuestre efectivamente que los productos son idénticos y que gozan de legitimidad para reclamarle como titulares legales de la propiedad industrial del mismo; también puede obtener dicha información en las bases de datos que la Oficina de Patentes y Marcas tiene disponibles: CIBEPATNET y MODINDUNET; la búsqueda la puede realizar tanto por titular de la invención como por nombre de la misma. La patente tiene un periodo de validez de veinte años desde la fecha de solicitud; este extremo también hay que confirmarlo, ya que, una vez transcurrido dicho plazo, la patente pasa a formar parte del Estado de la Técnica, y cualquiera podría fabricarla.

Una vez efectuada dicha investigación, si su producto es igual al de la otra empresa, es conveniente llegar a una solución negociada, bien acudiendo a una Junta Arbitral para que dicte un laudo sobre dicha controversia, el cual tendría idénticos efectos que una sentencia, con la ventaja de ser menos costoso y más ágil en su tramitación, bien solicitando una licencia de fabricación de dicho producto. Hay que tener en cuenta que la propiedad industrial tiene un valor económico indudable para una empresa, y que el titular de dichos derechos está protegido por la Ley; se trata de encontrar una solución que minimice las consecuencias negativas para las partes implicadas, salvaguardando tanto los derechos del titular de la patente como la buena fe del que está fabricando un producto desconociendo que es propiedad de otra persona.

En el caso de que los productos sean distintos, o que la patente esté vencida, o que no tengan legitimidad para reclamarle, no debe preocuparse porque la falta de cualquiera de estos requisitos hace imposible que prospere una acción judicial.

Maria Dolores Perez  Madrid
 
REVISTA EMPRENDEDORES

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