PRINCIPALES NOVEDADES DE LA X EDICION DE LA CLASIFICACION INTERNACIONAL DE NIZA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
A partir de la entrada en vigor el 01/01/2012 de la X Edición de la Clasificación Internacional de Niza de Productos y Servicios, resulta adecuado hacer un primer examen básico de las novedades más relevantes que presenta con respecto a la 9º edición de 2007 (sin descender al detalle de la Lista pormenorizada de Productos y Servicios).
Con respecto a las Clases de Productos aparecen las siguientes modificaciones:
- En la Clase 3 aparecen en la descripción de la misma los “productos para aromatizar el ambiente”.
- En la Clase 5 se incluyen en el enunciado “los complementos nutricionales para seres humanos y animales” los cuales estaban encuadrados en la Edición de 2007 en las clases 29 y 30 respectivamente. En la descripción detallada especifica :
- “Complementos nutricionales destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud”
- “Los sustitutivos de las comidas, los alimentos y bebidas dietéticas para uso médico o veterinario”
- “los sustitutos de las comidas, los alimentos y bebidas dietéticas que no sean para uso médico”, situándose en las clases 29, 30, 31, 32 o 33.
- En la Clase 7 se citan en el enunciado “los distribuidores automáticos”, antes en Clase 9.
- En la Clase 9, desaparecen de la descripción “los aparatos recreativos que se utilicen con pantallas de visualización externas o monitores” trasladándose a la Clase 28.
Con respecto a las Clases de Servicios nos encontramos con las siguientes novedades:
- En la Clase 36, se incluyen la descripción “los servicios de arrendamiento con opción de compra”.
- En la Clase 38 se excluyen “los servicios de marketing telefónico” que pasan a la Clase 35.
En la web de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), y en referencia a las marcas comunitarias, se indica que las solicitudes presentadas con anterioridad al 1 de enero de 2012 no se reclasificarán, aunque lo pidan los solicitantes, ni en el momento de su renovación.
Puede consultarse la Comunicación 1/11 del Presidente de la Oficina al respecto: http://oami.europa.eu/ows/rw/resource/documents/CTM/legalReferences/decisionPresident/co1-11es.pdf
Maria Dolores Perez Madrid
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